Economia Nacional

INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA: A QUIENES BENEFICIA

El Gobierno anunció el “Ingreso familiar de emergencia”, que apunta a generarle un ingreso a «trabajadores independientes y monotributistas. «El Círculo» te cuenta a quienes alcanza este beneficio.

En conferencia de prensa El Ministro de Economía Martín Guzmán, y el Ministro de Trabajo Claudio Moroni, anunciaron el “Ingreso familiar de emergencia”. Se trata de un beneficio para los trabajadores independientes en situación de informalidad y monotributistas clase A y clase B. El trabajador beneficiado no debe tener otro ingreso de trabajo, jubilación o pensión.

El Decreto  310/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial establece: «Institúyese con alcance nacional el “INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA” como una prestación monetaria no contributiva de carácter excepcional destinada a compensar la pérdida o grave disminución de ingresos de personas afectadas por la situación de emergencia sanitaria declarada por el Decreto N° 260/20, y demás normas modificatorias y complementarias.

Será un pago único de $ 10.000 y se dará en abril. Y es compatible con la Asignación Universal por hijo.

El trámite será totalmente online, y se gestionará a través de una app en el celular.

Los requisitos para percibir este ingreso son:

  • Ser argentino o argentina nativo/a o naturalizado/a y residente con una residencia legal en el país no inferior a DOS (2) años.
  • Tener entre 18 y 65 años de edad.
  • No percibir el o la solicitante o algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, ingresos por:
  1. Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado.
  2. Monotributistas de categoría “C” o superiores y régimen de autónomos.
  3. Prestación por desempleo.
  4. Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  5. Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes de la Asignación Universal por Hijo o Embarazo o PROGRESAR.
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