LAS EMPRESAS DEBERÁN INFORMAR PRECIOS Y STOCK DE SUS PRODUCTOS
Las empresas comunicarán mes a mes sus productos comercializados y detallar si son nuevos, vigentes o desactualizados, además de precisar su agrupamiento según la Clasificación Central de Productos.
Según lo establecido en la nueva disposición, en el marco del Sistema Informativo para la Presentación de Políticas de Reactivación Económica (SIPRE), se oficializaron cuales son las actividades y los sectores de comercio e industria que deberán aportar la información al SIPRE.
Las 24 actividades definidas son:
Elaboración de bebidas; la fabricación de papel y de productos de papel; de productos minerales no metálicos; de vidrio y productos de vidrio; de equipos y productos informáticos; de equipos de comunicaciones y transmisores de radio y televisión.
Industrias básicas de hierro y acero; y las de fabricación de receptores de radio y televisión, aparatos de grabación y reproducción de sonido y video, y productos conexos; de aparatos de uso doméstico; y de muebles y colchones.
Sectores de venta al por mayor de alimentos, bebidas y tabaco, y de artículos de uso doméstico y personal; y los de comercialización al por menor en comercios no especializados, y de productos alimenticios, bebidas y tabaco en comercios especializados.
Fabricación de insecticidas, plaguicidas y productos químicos de uso agropecuario; de preparados para limpieza, pulido y saneamiento; de jabones y detergentes; y de cosméticos, perfumes y productos de higiene y tocador.
Según esta nueva medida, las empresas, distribuidoras y comercializadoras deberán informar los precios, la cantidad producida y vendida, además del stock disponible del total de los productos.