PRESTACIÓN BÁSICA UNIVERSAL PARA SERVICIOS DE COMUNICACIONES
A través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/20, la telefonía celular, fija, Internet y televisión paga estarán al alcance de todos por medio de la Prestación Básica Universal ya que constituyen servicios públicos esenciales en competencia.
La Prestación Básica Universal es obligatoria a partir del 1 de enero de 2021 y establece precios accesibles para aquellos beneficiarios que son alcanzados por la medida, quienes podrán acceder directamente haciendo una declaración jurada (DDJJ) que ENACOM pone a disposición haciendo click aquí para ser completada y enviada a su prestador, quien deberá aceptarla como medio de acreditación.
Quienes están habilitados a utilizar esta prestación son: Beneficiarios y de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo; beneficiarios de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles, personas inscriptas en el Régimen de Monotributo Social; Jubilados, pensionados, trabajadores en relación de dependencia y monotributistas que perciban una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles; personas que cobran seguro de desempleo; Personas del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares; Beneficiarios del programa Progresar; Personas que están desocupadas o se desempeñan en la economía informal; beneficiarios de programas sociales; Clubes de Barrio y de Pueblo registrados y asociaciones de Bomberos Voluntarios registradas.
También se incluye a las entidades de Bien Público como asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan. Deben estar inscriptas en el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC).
Estos usuarios podrán acceder a los siguientes servicios:
Servicio Básico Telefónico
- Tarifa fija mensual para el servicio.
- Llamadas locales y de larga distancia nacional a destinos fijos de la REPÚBLICA ARGENTINA: 300 minutos
- Llamadas a números 0800 y números cortos de emergencia Libres: Sin Límite
- Llamadas entrantes
Servicios de Comunicaciones Móviles
- Tarifa fija mensual para el servicio.
- Minutos de llamada a teléfonos de la misma compañía: 500
- Minutos de llamada a teléfonos de otras compañías: 50
- SMS: 500
- Urls y 0800 libres: Hasta 30 sitios diferentes con las urls gob.ar, gov.ar, edu.ar, educ.ar, uba.ar
- Plataforma de Mensajería instantánea (similar a Whatsapp) SOLO TEXTO: los 30 días del mes.
Para el uso de paquetes de datos en telefonía móvil, la Prestación Básica Universal Obligatoria incluye dos opciones:
- Prepago por 30 días: Incluye 1 GB de Datos. Podés conocer la tarifa aquí. El monto de la tarifa incluye impuestos.
- Prepago por día: Incluye 50 mb por día. Podés conocer la tarifa aquí. El monto de la tarifa incluye impuestos.
Servicio de Acceso a Internet
Es una prestación de acceso a internet para hogares: una por domicilio del beneficiario y grupo familiar que no incluye Internet satelital.
Servicios de televisión paga por suscripción
Se ofrecen tres tipos de descuentos de acuerdo a la cantidad de abonados de las empresas: 20% para las firmas con una cantidad que va de 30.000 a 100.000; de 25% para las que poseen de 100.000 a 500.000; y de 30% para aquellas que superan los 500.000.
Servicio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y de Televisión por suscripción satelital
La prestación básica universal obligatoria es el plan de menor valor que las empresas que prestan ese servicio ofrecieron al 31 de julio de 2020 o un plan con prestaciones y características parecidas a ese plan de menor valor.
Para solicitar estos planes, se deben realizar ante la empresa prestadora del servicio que se requiera presentando la declaración jurada brindada por ENACOM, y en el caso de que la empresa no garantice la prestación de dichos servicios, en primer término se deberá realizar el reclamo frente a la prestadora y de persistir el incumplimiento se podrá enviar el formulario online informativo, el cual no reviste carácter de trámite o reclamo oficial, sino de declaración informativa ante ENACOM para el seguimiento de la solicitud.
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