LA LEY DE ETIQUETADO FRONTAL LLEGA A LAS GÓNDOLAS

A partir de mañana los productos con exceso de grasas, azúcares, sodio y calorías de las grandes empresas deberán comercializarse con el sello correspondiente, a excepción de los que tengan la prórroga.

Según enfatizaron el jueves desde el Ministerio de Salud «Se trata de un proceso gradual cuyo objetivo no es el sello sino la promoción de una alimentación saludable».

La ley 27.642  obliga a colocar octógonos negros en los envases de aquellos alimentos que tengan “exceso de azúcares” “exceso de sodio” “exceso de grasas saturadas, “exceso de grasas totales” y “exceso de calorías”.

Además el envase deberá tener debajo de los sellos de advertencia, en el caso de que corresponda, la siguiente leyenda : «Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as», o «Contiene cafeína. Evitar en niños/as».

La ley también regula que los productos no tengan en sus empaquetados personajes infantiles, animaciones, celebridades, elementos interactivos o premios para incentivar su consumo.Tampoco se  puede ofrecer la participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales, junto a la compra de productos.

Con respecto a la publicidad, promoción y patrocinio queda prohibido para  aquellos alimentos o bebidas alcohólicas envasadas que  contengan al menos un sello de advertencia dirigida a niños, niñas y adolescentes. 

La parte educativa también está contemplada, ya que el  Consejo Federal de Educación deberá promover la inclusión de los contenidos mínimos de educación alimentaria nutricional en los establecimientos de nivel inicial, primario y secundario del país.

La ley se sancionó el 26 de octubre de 2021 y el 23 de marzo se publicó el decreto reglamentario 151/2022. Para las grandes empresas, el 20 de julio venció el pedido de prórroga que se podía solicitar por única vez por 180 días, y para mayo de 2023 todos sus productos deberán tener los sellos en el caso de que corresponda.

Para las pequeñas y medianas empresas, el plazo para pedir prórroga vence el 20 de enero de 2023 y un mes después deberán tener los sellos. A partir del 20 noviembre de 2023 todos sus productos deberán tener los sellos en caso que corresponda.

Es decir que antes de fin del año próximo las góndolas deberían tener todos los productos con sello, a excepción de los envases retornables de vidrio que tendrán plazo hasta mayo de 2024.

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