Salud

YA RIGEN LAS LEYES DE DONACIÓN DE PLASMA Y RECETAS ELECTRÓNICAS

Desde el Gobierno nacional se promulgaron las leyes que disponen crear una campaña nacional para la promoción de la donación voluntaria de plasma sanguíneo de pacientes recuperados de COVID 19 y la ley de recetas electrónicas o digitales para la prescripción de medicamentos.

El Decreto 663/2020, publicado hoy en el Boletín Oficial, busca que se promueva la donación voluntaria de sangre declarando esta acción de interés nacional e impulsa la creación de una Campaña Nacional para la Donación de Plasma Sanguíneo de pacientes recuperados de coronavirus de todo el país.

Esta ley también crea un Registro Nacional de Pacientes Recuperados de Covid-19 donantes de plasma y establece una licencia especial de dos días por cada donación de plasma que realicen para aquellos donantes que trabajen en relación de dependencia e intenta garantizar el traslado de aquellos pacientes recuperados y aptos para ser donantes de plasma que no tengan los medios para realizarlo.

Por otro lado, el Decreto 664/2020, también publicado hoy en el Boletín Oficial, promulga la Ley Nº 27.553, que regula la prescripción de medicamentos y estudios médicos a través de recetas electrónicas y sistemas de atención mediante plataformas digitales, además permite que la prescripción de medicamentos y órdenes de estudio de recetas electrónicas, puedan ser redactadas y firmadas a través de plataformas de teleasistencias.

Por último, esta ley indica que «los medicamentos prescriptos en receta en formato electrónico o digital deberán ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector salud habilitados para tal fin, acorde a las disposiciones vigentes».

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