Durante el período que dure la emergencia declarada como consecuencia del avance del coronavirus se amplió el universo de bienes alcanzados con la reducción arancelaria incluyendo 87 equipamientos médicos e insumos sanitarios nuevos.
A través del Decreto 745/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial los bienes alcanzados por la reducción de aranceles al 0% también quedarán eximidos del pago de la tasa de estadística a las operaciones de importación y señalan que, dada la situación de emergencia sanitaria que tiene lugar en el país, y con el fin de no afectar la atención sanitaria de la población como consecuencia del brote del coronavirus, «resulta necesaria la adopción de nuevas medidas que se sumen a las ya adoptadas desde el inicio de esta situación».
Los insumos eximidos en esta oportunidad de derecho de importación son: alcohol etílico, propílico e isopropílico; guantes para cirugía; mascarillas del tipo de las utilizadas por los cirujanos en las operaciones; bomba de circulación extracorpórea; electrocardiógrafos; ecógrafos; aparatos de diagnóstico de visualización por resonancia magnética; explorador tomográfico; y cámaras Gamma.
Además se incluyen endoscopios; audiómetros; oxímetro de pulso; jeringas; instrumentos y aparatos para transfusión de sangre o infusión; desfibriladores externos que operen únicamente en modo automático; bombas de infusión; laringoscopios; aparatos de oxigenoterapia; pulmones de acero; máscaras antigás; cardiodesfibriladores automáticos; cardioversores; y termómetros clínicos.
Esta medida comenzó el 2 de abril cuando se eliminaron aranceles para un conjunto de 52 productos, luego tuvo la primera ampliación el 11 de mayo dónde se agregaron 23 equipos más y en esta última oportunidad se sumaron 12 nuevos equipos llegando a un total de 87.