SE APRUEBA EL VOTO POR CORREO PARA ARGENTINOS EN EL EXTERIOR
El Gobierno Nacional aprobó la reglamentación que habilita el voto por correo para los ciudadanos argentinos que residen fuera del país. Esta medida forma parte de la modificación de la Ley de Registro de Electores Residentes en el Exterior, y fue establecida a través de un decreto firmado por el presidente Javier Milei.
El padrón de votantes se actualizará automáticamente con los datos del Registro Nacional de las Personas (Renaper), así como con la información proporcionada por embajadas y consulados. De esta forma, los argentinos en el exterior estarán inscriptos de manera automática al cambiar su domicilio en el Documento Nacional de Identidad. La opción de votar de manera presencial en las sedes consulares sigue disponible.
Detalles sobre el voto por correo
Para votar por correo, los ciudadanos deberán inscribirse a través de un registro digital habilitado por la Cámara Nacional Electoral, entre 150 y 120 días antes de los comicios. Los votantes que elijan esta modalidad serán excluidos del padrón presencial. A los inscriptos se les enviará la Boleta Única, un sobre de seguridad, un instructivo y una declaración jurada de identidad. Los votos deberán enviarse antes del último día hábil previo a las elecciones.
Las representaciones diplomáticas y consulares serán responsables de la organización de los comicios en el exterior, incluyendo la difusión del padrón y la habilitación de mesas electorales. Los partidos políticos podrán designar fiscales para supervisar tanto el voto presencial como el conteo de los votos por correo.
Se implementarán medidas de seguridad para garantizar la confidencialidad de los votos por correo, incluyendo elementos técnicos para su rastreabilidad. Tras el cierre de la votación, las autoridades consulares contarán los votos presenciales y enviarán los sobres por correo a la Cámara Nacional Electoral para su escrutinio definitivo.
Publicación de resultados
Los resultados de la votación en el exterior se incorporarán al conteo final en Argentina, y su publicación estará sujeta a los tiempos establecidos por el Código Electoral Nacional, lo que asegura que no se difundan antes de finalizar los comicios en el territorio nacional.