La jueza civil y comercial Adriana Fiori suspendió los artículos del decreto 70/2023 que se refieren al Instituto Nacional de Yerba Mate para que no se modifiquen ni alteren la estructura, funciones y atribuciones. El amparo fue presentado por un grupo de pequeños productores de yerba mate, que buscó habilitar la feria judicial para que se declare la inconstitucionalidad del DNU.
“Avocarme al conocimimiento de la medida cautelar solicitada a fin de garantizar el efectivo derecho a la salud integral del grupo vulnerable constituido por los pequeños productores yerbateros y, en consecuencia, ordenar la inmediata suspensión delo dispuesto en el Capítulo I – Instituto Nacional de la Yerba Mate (Ley N° 25.564) -arts. 164 al 168- del DNU 70/2023”, comienza el fallo firmado por la titular del Juzgado Civil y Comercial n°8 de Misiones.
De la misma forma, la jueza remitió la causa al Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Posada, donde accionó la provincia de Misiones, y ya se remitió el expediente a la Corte Suprema.
Es que, la Fiscalía de Estado de Misiones presentó una medida cautelar de no innovar con la finalidad de que el Estado Nacional “se abstenga de aplicar en su texto integral el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 y, en especial, que se abstenga y/o cese de aplicar, emitir, realizar, resolver y/o ejecutar toda norma o acto que derive de su vigencia o que fuere dictado en su cumplimiento, en relación a las modificaciones introducidas al texto de la Ley N° 25.564 de creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate conforme lo dispuesto en los artículos 164, 165, 166, 167 y 168 del citado DNU”.
En este sentido, la nueva regulación dejaba al organismo sin el manejo de recursos y le impedía fijar precios. Por otra parte, el juez federal Alejandro Gallandat, subrogante del Juzgado Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Posadas, resolvió que al estar involucrada una provincia contra el Estado Nacional debe ser la Corte Suprema la que decida sobre la cuestión de fondo: si el DNU es o no constitucional. “Al ser una Provincia parte en un proceso y tener manifiesto contenido federal, el caso se revela como aquellos reservados a la jurisprudencia originaria del Máximo Tribunal del país”, sostuvo el juez federal.
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