¿CÓMO QUEDARON LAS ESCALAS DEL MONOTRIBUTO?

Las nuevas escalas regirán a partir del 1 de agosto. Al respecto, se debe tener en cuenta que la AFIP extendió el plazo para la recategorización del monotributo hasta el 2 de agosto.

El Gobierno de Javier Milei oficializó este miércoles las nuevas escalas de valores del monotributo con la sanción de la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, a través del Decreto 661/2024 publicado en el Boletín Oficial. 

Con el nuevo reglamento, a partir de 2025 la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizará los parámetros de facturación en enero y julio de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Índice Nacional de Estadística y Censos (INDEC). “Los montos actualizados surtirán efectos desde el primer día del primer mes inmediato siguiente a aquel en que se efectúe la actualización, inclusive”, detallaron.

“De esta manera, los profesionales independientes o quienes desarrollan diferentes oficios, ahora pueden facturar en niveles que antes solo se permitía a quienes se dedicaban al comercio” ya que “anteriormente los máximos eran de $17 millones en ventas de cosas muebles y $13,3 millones en servicios”, lo que “implica para los prestadores de servicios un incremento en el límite de facturación de 470%”.

Las nuevas escalas regirán a partir del 1 de agosto. Al respecto, se debe tener en cuenta que la AFIP extendió el plazo para la recategorización del monotributo hasta el 2 de agosto.

Así quedan las escalas de facturación anual completa:

 

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