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LOS COLECTIVOS CIRCULARÁN SIN CORTINAS Y CON OCUPACIÓN MÁXIMA DEL 60%

El Gobierno Nacional comunicó las nuevas disposiciones para el transporte público que comenzarán a regir desde mañana.

En el marco de las acciones preventivas para frenar el avance del coronavirus en el país, el Ministerio de Transporte reglamentó una serie de medidas que deberán respetar los pasajeros que utilizan el transporte público durante la pandemia a partir de este martes.

La resolución 107/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial por la cartera conducida por Mario Meoni incluye el uso obligatorio de cubre nariz, boca y mentón, una ocupación máxima del 60 por ciento de la capacidad y el “retiro de las cortinas, visillos y demás elementos de tela capaces de retener el virus, a excepción de los utilizados en los tapizados de las butacas y los laterales de los vehículos”.

A su vez, la normativa remarca que “cada pasajero deberá portar el certificado de circulación que corresponda a su actividad conforme la normativa vigente”, e indica que será obligatorio lo que «establezca al efecto el Comité de crisis de prevención Covid-19 para el transporte automotor», creado por la Resolución N° 60 del Ministerio.

También señala que será obligatorio aquello que «establezca al efecto el Comité de crisis de prevención Covid-19 para el transporte automotor», creado por la Resolución N° 60 de esa cartera. A la vez, encomienda a ese comité «la elaboración de un Protocolo Específico para los servicios de transporte automotor urbano y suburbano de oferta libre de Jurisdicción Nacional».

Cabe destacar que el Gobierno había estipulado anteriormente modificaciones en el uso de las unidades, como el cierre de la puerta de ingreso delantera, la cancelación de la primera fila de asientos y una frecuencia en el servicio de entre 10 y 15 minutos.

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